Permiso de residencia a las personas afectadas por la DANA en Valencia

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¿Quién puede solicitar el permiso de residencia?

Podrán solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas aquellas personas extranjeras que tuvieran el domicilio o su lugar de trabajo en alguno de los municipios afectados por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Lista de zonas declaradas afectadas

1Alaquàs.
 2Albal.
 3Albalat de la Ribera.
 4Alborache.
 5Alcàsser.
 6Alcúdia, l’.
 7Aldaia.
 8Alfafar.
 9Alfarb.
10Algemesí.
11Alginet.
12Alhaurín de la Torre.
13Almussafes.
14Alzira.
15Benetússer.
16Benifaió.
17Beniparrell.
18Bétera.
19Bugarra.
20Buñol.
21Calles.
22Camporrobles.
23Carlet.
24Catadau.
25Catarroja.
26Caudete de las Fuentes.
27Corbera.
28Quart de Poblet.
29Cullera.
30Chera.
31Cheste.
32Xirivella.
33Chiva.
34Dos Aguas.
35Favara.
36Fortaleny.
37Fuenterrobles.
38Gestalgar.
39Godelleta.
40Guadassuar.
41Letur.
42Llíria.
43Loriguilla – sólo núcleo urbano junto A3.
44Llocnou de la Corona.
45Llaurí.
46Llombai.
47Macastre.
48Manises.
49Massanassa.
50Mira.
51Mislata.
52Montserrat.
53Montroi/Montroy.
54Paiporta.
55Paterna.
56Pedralba.
57Picanya.
58Picassent.
59Polinyà de Xúquer.
60Real.
61Requena.
62Riba-roja de Túria.
63Riola.
64Sedaví.
65Siete Aguas.
66Silla.
67Sinarcas.
68Sollana.
69Sot de Chera.
70Sueca.
71Tavernes de la Valldigna.
72Torrent.
73Turís.
74Utiel.
75València – PEDANÍAS SUR: Faitanar, La Torre, Forn d’Alcedo, Castellar-Oliveral, Pinedo, El Saler, El Perellonet y El Palmar.
76Vilamarxant.
77Yátova.
78Benicull de Xúquer.

Plazo para solicitar el permiso de residencia

Las presentes instrucciones surtirán efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La publicación se realizó el 13 de febrero del 2025, por lo que es aplicable a partir del 14 de febrero del 2025, pudiendo solicitar el permiso de residencia hasta el 14 de mayo del 2025.

Duración de los permisos de residencia

Los permisos de residencia tendrán una duración de 1 año, debiendo solicitar la modificación este permiso de residencia por el que corresponda en el reglamento de extranjería en los 60 días previos a su vencimiento.

Se podrá conceder una autorización de residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas a aquellos familiares de víctimas mortales como consecuencia de la DANA, nacionales de un tercer país. En este caso, la autorización tendrá una vigencia de cinco años.

Documentos necesarios

a) Copia completa del pasaporte en vigor, cédula de inscripción o título de viaje en vigor reconocido como válido en España.

b) Documentación acreditativa de cumplir los requisitos de la instrucción.

No será preciso acreditar la inexistencia de antecedentes penales en un tercer país cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:

1.º Haber permanecido de forma continuada en España durante los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

2.º Haber acreditado esa circunstancia en otra solicitud anterior dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud sin que se haya ausentado desde entonces del territorio nacional.

Familiares que pueden solicitar el permiso de residencia

También podrán solicitar dicha autorización los familiares que estuvieran empadronados o hubieran solicitado cita para el empadronamiento con anterioridad al 4 de noviembre de 2024, o que acreditasen estar conviviendo con el solicitante antes del 4 de noviembre por cualquier medio de prueba. A estos efectos se entenderá por familiar:

a) El cónyuge, pareja registrada o pareja estable debidamente probada de la persona solicitante de la autorización de residencia. Se entenderá por pareja estable aquella que acredite la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de este vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada.

b) Los hijos e hijas menores de edad, del solicitante o de su cónyuge, pareja registrada o pareja estable.

c) Los hijos e hijas mayores de edad del solicitante o de su cónyuge, pareja registrada o pareja estable y que tengan una discapacidad que requiera de apoyo o que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.

Estas autorizaciones podrán ser solicitadas de forma simultánea y, en ese caso, todas las solicitudes deberán ser resueltas al mismo tiempo.

Documentos que deben aportar los familiares

  1. Documento que demuestre el vínculo familiar (certificado de nacimiento apostillado o certificado de matrimonio apostillado)
  2. Certificado de la vivienda en el que demostrar la convivencia con el familiar anterior a la DANA
  3. Pasaporte completo en vigor
  4. Certificado de antecedentes penales apostillados del país de origen salvo los hijos menores de edad.

¿Cómo solicitar el permiso de residencia por circunstancias excepcionales?

La autorización de residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas deberá ser solicitada, de forma presencial o electrónicamente, ante la Oficina de Extranjería competente para su tramitación, tanto por la persona interesada como por su representante legalmente establecido o representante voluntario debidamente acreditado.

El plazo máximo de resolución será tres meses desde la presentación de la solicitud en el órgano competente para su tramitación. Trascurrido dicho plazo sin que se haya emitido resolución, esta deberá entenderse desestimada por silencio administrativo.

Concedida la autorización, la persona extranjera deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero ante la comisaría correspondiente.


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6 comentarios en “Permiso de residencia a las personas afectadas por la DANA en Valencia”

  1. ¿No sería más eficaz que el permiso de residencia se otorgara automáticamente a las zonas afectadas por la DANA en Valencia?

  2. ¿No creen que deberían ampliar el plazo para solicitar el permiso de residencia? ¡La situación es muy difícil para todos!

  3. Famara Morillo

    Es realmente necesario limitar el plazo para solicitar el permiso de residencia? Debería ser indeterminado para los afectados por la DANA.

  4. Marion Sanjose

    ¿No debería ser más sencillo para las personas directamente afectadas obtener este permiso de residencia? ¡Es una necesidad, no un privilegio!

  5. ¿No creéis que deberían extender el plazo para solicitar el permiso de residencia? Hay gente aún recuperándose del desastre.

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