Nacionalidad Española por Residencia: Requisitos, Procedimiento y Documentación

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¿Qué es la Nacionalidad Española por Residencia?

La nacionalidad española por residencia es un proceso legal que permite a los extranjeros obtener la nacionalidad española tras residir en España de manera legal durante un período determinado. En general, se requiere una residencia continuada de diez años antes de la solicitud. Sin embargo, existen reducciones en el tiempo de residencia para ciertos casos especiales:

Casos en los que se reduce el período de residencia:

  • Cinco años: Para refugiados.
  • Dos años: Para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas de origen sefardí.
  • Un año:
    • Nacidos en territorio español.
    • Aquellos que no ejercieron su derecho a la nacionalidad por opción.
    • Personas bajo tutela, guarda o acogimiento de ciudadanos españoles.
    • Cónyuges de españoles, viudos de españoles, y descendientes de españoles.

Además, el solicitante debe acreditar buena conducta cívica y suficiente integración en la sociedad española.

¿Quién puede solicitar la Nacionalidad Española por Residencia?

Las siguientes personas pueden solicitar la nacionalidad española por residencia:

  • Mayores de 18 años o personas emancipadas, por sí mismos.
  • Menores de 14 años: A través de su representante legal.
  • Mayores de 14 años y menores de 18 años: Con asistencia de su representante legal.
  • Personas con capacidad modificada judicialmente: Según lo dictado por la sentencia de incapacitación.

¿Dónde Solicitar la Nacionalidad Española por Residencia?

La solicitud debe presentarse en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. También puede realizarse en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno de cada provincia.

Requisitos y Documentación Necesaria

Documentos obligatorios para todos los solicitantes:

  • Modelo 790-026: Impreso cumplimentado y tasa de pago de 104,05 €.
  • Tarjeta de Identidad de Extranjero o Pasaporte completo y en vigor.
  • Certificado de nacimiento debidamente traducido y legalizado.
  • Certificado de antecedentes penales de tu país de origen.
  • Diplomas del Instituto Cervantes de los exámenes CCSE (Constitucional y Socioculturales) y DELE (Diploma de Español como Lengua Extranjera).

Documentos adicionales para menores de edad:

  • Certificado de nacimiento.
  • Pasaporte o documento de identificación, según el país de origen.
  • Certificado de escolarización o integración en un centro educativo, si corresponde.

Documentos específicos en casos especiales:

  • Refugiados: Tarjeta de Identidad de Extranjeros con condición de refugiado.
  • Casados con españoles: Certificación de matrimonio y convivencia.
  • Viudos de españoles: Certificado de defunción del cónyuge y prueba de convivencia.

¿Cómo es el Procedimiento para Obtener la Nacionalidad Española por Residencia?

  1. Solicitud: Presentación de la solicitud junto con los documentos requeridos.
  2. Subsanación: En caso de que falten documentos, el solicitante tendrá tres meses para subsanar los errores.
  3. Resolución: La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública será responsable de resolver la solicitud.
  4. Jura de fidelidad: Si la solicitud es aceptada, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes españolas.

Plazo de Resolución y Eficacia de la Nacionalidad

El plazo para resolver la solicitud de nacionalidad española por residencia es de 12 meses. Una vez concedida, el solicitante tiene 180 días para completar los trámites ante el Registro Civil, incluyendo la renuncia a su nacionalidad anterior (excepto en algunos casos).


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