¿Eres un empresario buscando cubrir vacantes o un trabajador extranjero interesado en las nuevas oportunidades laborales en España? El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente la Orden ISM/1547/2025, que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO) para el año 2026.
Como abogados especialistas en extranjería, desglosamos los puntos clave de esta normativa que entra en vigor el 1 de enero de 2026.
¿Qué es el programa GECCO y a quién va dirigido?
El programa GECCO permite la contratación programada de trabajadores extranjeros que no se hallen ni residan en España. Este modelo busca cubrir puestos de trabajo que el mercado nacional no puede satisfacer, basándose en la situación nacional de empleo.
Países prioritarios para 2026
La normativa orienta estas ofertas preferentemente a países con acuerdos de flujos migratorios, tales como:
- América Latina: Colombia, Ecuador, Honduras, República Dominicana, Guatemala, México, El Salvador, Paraguay y Argentina.
- África: Marruecos, Mauritania, Senegal, Gambia, Guinea, entre otros.
- Otros: Filipinas y Ucrania.
Modelos de Contratación: Migración Circular vs. Estable
La Orden de 2026 profundiza en dos vías principales para la gestión de estas autorizaciones:
1. Migración Circular (Actividades de Temporada)
Es el modelo estrella para sectores como el agrícola. Se conceden autorizaciones de cuatro años de duración.
- Periodo de trabajo: Máximo de 9 meses por año natural.
- Compromiso de retorno: El trabajador debe regresar a su país al terminar cada campaña y acreditarlo ante el consulado español en el plazo de un mes.
- Beneficio: Facilita la estabilidad del trabajador y la empresa a largo plazo, permitiendo incluso la modificación a residencia y trabajo tras los cuatro años si se cumplen los requisitos.
2. Migración Estable
Orientada a puestos permanentes que no sean fijos-discontinuos.
- Duración: La autorización inicial es de un año.
- Renovación: Se debe solicitar en los dos meses previos a su caducidad.
Requisitos y Garantías Obligatorias para el Empleador
Para que una empresa pueda acogerse al programa GECCO, debe cumplir con garantías estrictas para proteger al trabajador extranjero:
- Número de puestos: Las ofertas deben ser para un mínimo de 10 puestos de trabajo (pueden acumularse ofertas de varios empleadores).
- Alojamiento Digno: El empleador debe garantizar un alojamiento que cumpla con condiciones de habitabilidad e higiene. Se puede cobrar un alquiler que no supere el 15% del IPREM.
- Gastos de Viaje: El empresario debe asumir siempre el coste del viaje de llegada a España.
- Igualdad Laboral: Los trabajadores extranjeros tienen derecho a recibir el mismo trato y condiciones que los trabajadores nacionales.
Novedad: Autorización Provisional para Formación
Una de las incorporaciones más interesantes para 2026 es la posibilidad de solicitar una autorización provisional de residencia para formación de hasta 6 meses. Esta vía es ideal para ocupaciones que requieren una certificación de aptitud profesional o habilitación específica antes de empezar a trabajar.
¿Cómo solicitar la gestión colectiva en origen?
El proceso es complejo y requiere una tramitación administrativa precisa ante las Oficinas de Extranjería y las misiones diplomáticas. Las solicitudes pueden ser:
- Genéricas: La selección se realiza en el país de origen a través de comisiones de selección.
- Nominativas: Para trabajadores que ya han tenido autorizaciones previas y han cumplido con el compromiso de retorno.
Nota importante: El incumplimiento del compromiso de retorno conlleva la exclusión del programa por un periodo de dos años.
¿Necesitas ayuda con la contratación en origen?
La normativa de extranjería en España es dinámica y exige un cumplimiento riguroso de plazos y formularios (Anexos I al X) para evitar denegaciones. Ya sea para gestionar un proyecto de migración circular o una oferta estable, contar con asesoría legal especializada es clave para el éxito del proceso.